Subvenciones flota de transporte en el ámbito de la Ciudad de Ceuta

Convocatoria abierta:

Actividad 4 – 25 de mayo a 31 de diciembre de 2023
Actividades 1,2,3 y 5 – 25 de mayo de 2023 a 30 de abril de 2024

Objeto: 

Las ayudas de transformación de las flotas de transporte de mercancías y viajeros, siendo actividades Subvencionadas:

Actividad 1: Achatarramiento.

Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.

Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos.

Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.

Destinatarios: 

Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas o jurídicas con residencia fiscal en Ceuta, titulares de alguna de las autorizaciones administrativas en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas (profesionales del transporte), en los términos que enumera el artículo 14 del Real Decreto 983/2021.

Requisitos: 

Las subvenciones consisten en la realización de las siguientes actividades:

  • Actividad 1 o achatarramiento, consiste en la tramitación de la baja definitiva en circulación de un vehículo matriculado en España.
  • La actividad 2 consiste en la adquisición de vehículos pesados (tipo N2, N3, M2 o M3) nuevos con energías alternativas bajas en carbono. Se incluye la adquisición por medio de renting o leasing financiero u operativo.
  • La actividad 3 consiste en el retrofit o modificación de la forma de propulsión de vehículos, originalmente propulsado con combustibles fósiles para que para que pase a funcionar en su totalidad como eléctricos o hidrógeno.
  • La actividad 4, consiste en la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
  • La actividad 5, consiste en la adquisición de semirremolques para uso en autopistas ferroviarias.

 

Las subvenciones reguladas en esta convocatoria serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse con el mismo fin.

Importe: 

El importe de subvención a conceder es diverso, dependiendo de la actividad subvencionable, la dimensión de la empresa, así como modalidad, clase y categoría de vehículo pesado.

Los importes se fijan en el ANEXO I del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre.

Documentación a aportar: 

Se detalla en el artículo 13 de la resolución de la convocatoria, resultando obligatoria la presentación de la documentación, general y específica, requerida.

Lugar de presentación: 

Las solicitudes se dirigirán a PROCESA, en su calidad de órgano instructor de la iniciativa, por expreso encargo a medio propio efectuado por la Consejería de Fomento y Turismo de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

A) Para las personas jurídicas, será obligatoria su presentación en forma telemática.

B) Para las personas físicas: Se hacen dos distinciones:

  1. Conforme al artículo 56 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, están obligados a comunicarse usando únicamente medios electrónicos aquellos solicitantes que sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas:
    •  Una autorización identificada con la clave MDPE.
    • Una autorización identificada con la clave VDE.
    • Una autorización identificada con la clave MDLE.
    • Una autorización identificada con la clave OT.

2. Los solicitantes que presten servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentos de la obtención de alguna de las autorizaciones indicadas previamente, así como los que intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/descargador o expedidor/receptor, no estarán obligados a comunicarse mediante medios electrónicos.

 C) Están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos quienes representen a un Interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Efectos silencio: Desestimatorio

Bases Reguladoras: Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre (BOE nº 275, de 17/11/2021)

Plazo de resolución: 

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión de la ayuda solicitada será de seis meses contados desde la fecha de registro de la solicitud.

Plazo de presentación de solicitudes: 

Para las actividades 1, 2, 3 y 5, desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria hasta el 30 de abril de 2024. En el caso de la actividad 4, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Tramitación

Online (Sede electrónica de PROCESA / Catálogo de trámites / Transporte)

Presencial: Oficina de Registro de PROCESA o registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Grado de administración electrónica:

Nivel 4: Tramitación electrónica completa

Solicitud

La solicitud, una vez abierta la convocatoria, deberá efectuarse de forma electrónica siguiendo el procedimiento disponible dentro del catálogo de trámites de la sede electrónica de PROCESA en https://sede.procesa.es

Categoría: TRANSPORTE

TRA01 – Solicitud subvención transformación flota de transporte.

TRA02 – Subsanación subvención / documentación complementaria subvención flota de transporte.

TRA03 – Alegaciones subvención transformación flota de transporte.

TRA04 – Justificación subvención transformación flota de transporte.

Marco legal: 

Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Resolución del 11 de mayo de 2023, de la Consejería de Fomento y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas públicas con cargo al fondo Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea para la transformación de flotas de transportes de mercancías y viajeros de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como empresas prestadoras de servicios de transportes privado complementario, con domicilio fiscal en Ceuta.

Pincha en la imagen para acceder a la información relativa a esta ayuda en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas