Plan de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo

PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES

Siguiendo los principios recogidos en la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres, demostrando una especial sensibilidad por los derechos individuales de las personas trabajadoras, protegiéndolos y potenciándolos; la empresa declara expresamente su decidida voluntad de promover la igualdad real entre mujeres y hombres, trabajando sobre los obstáculos y estereotipos sociales que puedan subsistir y que impidan alcanzarla.

PROCESA declara su compromiso claro e inequívoco en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso, fomento y aplicación de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de la Organización, estableciendo la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres como Principio básico y fundamental del Código Ético y de conducta y de la Política de Cumplimiento Legal de PROCESA, de acuerdo con la definición de dicho Principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, así́ como el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, el RD 901/2020 sobre el Reglamento de Registro de Planes de Igualdad, y RD 902/2020 de Igualdad Retributiva entre Hombres y Mujeres, ambos de 13 de octubre de 2020. Además del respeto a la diversidad, promoviendo un entorno seguro y saludable. Dicho compromiso se pone mediante la elaboración, difusión y aplicación del Plan de Igualdad.

De igual forma, PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. manifiesta su tolerancia cero ante la concurrencia en toda su organización de conductas constitutivas de acoso sexual o acoso por razón de sexo, incluido el producido en el ámbito digital.
Al adoptar este protocolo, PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. quiere subrayar su compromiso con la prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo en cualquiera de sus manifestaciones, informando de su aplicación a todo el personal que presta servicios en su organización, sea personal propio o procedente de otras empresas, incluidas las personas que, no teniendo una relación laboral, prestan servicios o colaboran con la organización, tales como personas en formación, las que realizan prácticas no laborales o aquéllas que realizan voluntariado.

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PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO SEXUAL Y EL ACOSO POR RAZÓN DE SEXO

De igual forma, PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. manifiesta su tolerancia cero ante la concurrencia en toda su organización de conductas constitutivas de acoso sexual o acoso por razón de sexo, incluido el producido en el ámbito digital.
Al adoptar este protocolo, PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. quiere subrayar su compromiso con la prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo en cualquiera de sus manifestaciones, informando de su aplicación a todo el personal que presta servicios en su organización, sea personal propio o procedente de otras empresas, incluidas las personas que, no teniendo una relación laboral, prestan servicios o colaboran con la organización, tales como personas en formación, las que realizan prácticas no laborales o aquéllas que realizan voluntariado.