Beneficiarios del Programa
El Programa contempla la atención bucodental a la población de menores usuarios de los servicios sociales de la Ciudad entre 6 y 14 años, que no precisen de atención hospitalaria, dentro del ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en lo que se refiere a la asistencia sanitaria en esta materia, facilitando la atención integral a esta población mediante la prestación de algunos tratamientos dentales que actualmente no están dentro de la cartera de salud bucodental del Servicio Nacional de Salud.
Convocatoria de ayudas
Plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2025
Requisitos de los beneficiarios
- Tener un diagnóstico y prescripción de tratamiento de odontólogos o estomatólogos de los servicios de Salud bucodental del Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA).
- Ser menores de entre 6 y 14 años de edad.
- Ser usuario de los Servicios de Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
- Quedan excluidos los servicios que precisen de atención hospitalaria.
Protocolo de actuación
- El paciente debe acudir a los servicios de Salud Bucodental de INGESA, donde le prescribirán, si es necesario, el tratamiento a realizar.
- El tutor o tutora del paciente presentará su solicitud de subvención a PROCESA aportando la prescripción médica de INGESA.
1 – Solicitud
Puede tramitar su solicitud, con certificado digital. Si no tiene certificado digital, puede utilizar PIN24H (Más información).
La solicitud de ayuda deberá incluir la siguiente documentación:
- Documento de identificación del interesado. (Obligatorio).
- En el caso de representación, documentación acreditativa de la capacidad de representación de la persona firmante de la solicitud. La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (Opcional).
- Documento de identificación del/la menor interesado/a. En caso de no disponer del documento por no ser legalmente obligatorio, se aportará algún documento que identifique al menor y su relación con el tutor/a. (Obligatorio).
- Diagnóstico y prescripción de tratamiento por parte de los odontólogos/estomatólogos de las Unidades de Salud Bucodental del INGESA. (Obligatorio).
Una vez presentada la solicitud, PROCESA comprobará el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario del Programa de Salud Bucodental.
2 – Aceptación de la ayuda y selección de la clínica
Una vez resuelta su solicitud, PROCESA le notificará la resolución y la relación de clínicas autorizadas entre las que podrá seleccionar libremente para que el menor pueda recibir el tratamiento.
El beneficiario debe aceptar la subvención y seleccionar la clínica en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución de concesión.
PROCESA comunicará a la clínica seleccionada de la resolución de concesión junto con la documentación del expediente, incluido el diagnóstico y prescripción de INGESA para que proceda a concertar la cita para iniciar el
tratamiento.
El beneficiario llamará a la clínica para concertar la cita. En el plazo máximo de 60 días a contar desde la petición de cita, la clínica deberá iniciar el tratamiento prescrito.
Una vez realizado el tratamiento, será la clínica seleccionada y autorizada por el beneficiario la encargada de justificar y cobrar la subvención correspondiente al tratamiento realizado.



